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EL MUNDO, SÁBADO 6 DE JULIO DE 2002
Euskadi
Considera "conforme a derecho" la concesión municipal
de autorización al Alarde tradicional
JONE GUINDO
SAN SEBASTIÁN.- La sala de lo contencioso administrativo del Tribunal
Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha desestimado el recurso
planteado por la plataforma Bidasoaldeko Emakumeak (BAE) contra el Ayuntamiento
de Irún, por conceder a un colectivo privado la autorización
municipal para celebrar el Alarde de San Marcial en 2001.
Los miembros del colectivo denunciante, favorable a la participación
de la mujer en este evento, impugnaron el año pasado la resolución
por la que la alcaldía permitía un acto que consideran "discriminatorio",
a pesar de ser el que respalda la mayoría del pueblo irundarra.
Sin embargo; el fallo del TSJPV, fechado el pasado 21 de junio, considera
"conforme a derecho" la actuación del Consistorio a la
hora de conceder la autorización del Alarde denominado tradicional,
conforme a las facultades que reconoce la Ley de Espectáculos Públicos
y Actividades Recreativas.
El TSJPV señala que la Constitución consagra el principio
de igualdad y de no discriminación, pero puntualiza que también
reconoce a todo ciudadano "el derecho de asociarse libremente".
El tribunal considera " incuestionable" la posibilidad de que
los partidarios de un desfile en el que los hombres desfilan como soldado
y las mujeres como cantineras formen "un colectivo específico
y diferenciado" para, partiendo de su propia estructura, solicitar
el permiso para llevar a cabo el acto "en la forma que tales organizadores
consideran tradicional".
Además, señala que la parte recurrente podía haber
"promovido o participado con el apoyo del propio Ayuntamiento otro
Alarde "que tendría carácter municipal y en la forma
por ellas deseada". El alto tribunal vasco concluye que, en cualquier
caso, la autoridad municipal no vulnera el principio de igualdad desde
el momento en que no participa como "ente tutelante" ni aporta
"fondos públicos de carácter subvencional" al
acto tradicional.
A falta de conocer íntegramente el contenido de la sentencia, el
alcalde de Irún, Alberto Buen, mostró su satisfacción
al saber que el TSJPV ha considerado adecuados los fundamentos jurídicos
qué han servido de base para autorizar, en los dos últimos
años, el desfile militar que conmemora cada 30 de junio la batalla
en la que el pueblo irunés salió victorioso de su enfrentamiento
con el ejército francés, en 1522.Los integrantes del desfile
tradicional se mostraron también satisfechos del fallo, que sienta
precedente para que en los próximos años puedan organizar
la festividad con tranquilidad. "Esperábamos que el fallo
fuera éste, pero nunca se sabe, dadas las rocambolescas sentencias
que ha habido durante los últimos siete años", afirmó
ayer un portavoz de la organización.
Sin embargo, su deseo es recuperar su derecho, como opción mayoritaria
en Irún, a organizar de modo público este evento. A este
respecto, aguardan el fallo de un recurso interpuesto ante el Tribunal
Supremo, referido a la sentencia que en su día resolvió
que el Consistorio irunés no podía autorizar la celebración
pública de un acto discriminatoria "El día en que un
juzgado reconozca que nuestro Alarde` no es discriminatorio y podamos
volverlo a organizar públicamente llegará la normalidad",
apuntó el portavoz.
Por su parte, la representante de BAE, Maribel Castelló, consideró
que con la nueva sentencia del TSJPV "no se ha solventado la cuestión
de fondo" que mantiene vivo un conflicto que, a su modo de ver "
no se solucionará en los tribunales, sino políticamente".
Según señaló, los miembros del Alarde tradicional
"se han disfrazado de una cobertura jurídica" que no
impide que la discriminación por causa se sexo continúe
vigente en las fiestas patronales de Irún.
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