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El más elemental principio de igualdad

 

 

GEMMA ZABALETA ARETA.
Portavoz del PSE-EE en la Comision de mujer y juventud del Parlamento Vasco.

DV.-
3-nov-1999

 

 

EL día 8 de Septiembre, asistimos entre sentimientos mezclados de indignación y preocupación al desarrollo de lo que debía ser una fiesta general de todos y para todos, como lo es el Alarde de Hondarribia. No podemos decir que nos acompañase la sorpresa, porque ya el día 23 de Junio, comparecieron en sede parlamentaria los colectivos Bidasoaldeko Emakumeak y Juana Mugarrietakoa, con el fin de explicar su situación en relación a la participación de las mujeres en igualdad de condiciones que los hombres en los diferentes Alardes, y aventuraban que las posiciones seguían siendo muy encontradas.

La manera en que se desarrollaron los acontecimientos, y la forma como pensamos ha sido encarado el conflicto por los poderes públicos, ha suscitado una serie de actuaciones parlamentarias, que todavía no han acabado y que nos deben permitir algunas reflexiones.:

La primera es que debemos encarar el conflicto con valentía y debemos llamar a las cosas por su nombre. Y eso nos obliga no a quedarnos en la superficie de lo que ha acontecido como si fuera solamente un conflicto de orden público, sino ir al fondo de la cuestión. Ese fondo es el derecho constitucional a la igualdad, el derecho que tienen las mujeres a participar en igualdad con los hombres en ese acto festivo y en todos los órdenes de la vida. Y así se han manifestado los tribunales en este asunto, excesivamente judicializado; una judicialización que no termina, porque la colaboración de este Alarde de 1999, ha traído aparejado no el final de los pleitos sino el aumento de los mismos.

La segunda reflexión es que el cumplimiento de este derecho obliga a los poderes públicos, al Gobierno, especialmente a los Ayuntamientos. Estos poderes públicos, no sólo están obligados al cumplimiento del derecho sino a remover los obstáculos que impidan su cumplimiento. Pero ¿podemos pensar que dichos obstáculos se remueven cuando los fallos de las sentencias que estiman que las mujeres tienen el mismo derecho a participar en igualdad de condiciones que los hombres, son apelados por los mismos poderes públicos, como es el caso del Ayuntamiento de Hondarribia con la sentencia del TSJPV 15/98?

La tercera es que debemos abordar esta cuestión con claridad; por supuesto que con prudencia, pero la prudencia no nos puede llevar al oscurantismo, y la mejor manera de hacerlo es planteando las propuestas con luz y taquígrafos. ¿No debe también el poder público que representa el Parlamento y donde estamos presentes todos los partidos políticos entrar a profundizar en los matices de este problema, escuchando a todas las partes, algunas de las cuales son piezas capitales en la resolución del problema?

Hace tan sólo unos días, el debate suscitado en las páginas del DV, El Alarde a debate, titulaba la cuestión como Diálogo o cuestión de tiempo. Diálogo, sí y mucho pero sin dejar su solución al tiempo.

El Alarde no es en estos momentos un Alarde tradicional, como se le viene denominando, es sobre todo un Alarde discriminatorio. Y buscar toda clase de subterfugios para justificar lo injustificable, que es la discriminación, no hace sino retrasar la solución a este conflicto.

Tenemos de nuevo un año por delante, y el tiempo debe permitirnos trabajar a todos los que representamos los poderes públicos en remover los obstáculos que impiden hoy, a las puertas del año 2000, que las mujeres participen en igualdad con los hombres en un acto festivo, el más elemental principio de la igualdad.

 

 

 

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